[Comunicado] 16/02/2018
Entre otras medidas,
se propone garantizar el bienestar del animal en testamentos y situaciones de
emergencia, así como extender en la práctica el nuevo estatus de “seres vivos
dotados de sensibilidad” a todos los animales - y no solo a los de compañía-.
La
‘Asociación Parlamentaria en Defensa de los Derechos de los Animales’ (APDDA) ha
entregado a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados 30
enmiendas a la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley
Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los
animales, que se encuentra en tramitación en la actualidad. Las propuestas han
sido elaboradas por juristas pertenecientes a la asociación
INTERcids-Operadores Jurídicos por los Animales, que agrupa a jueces, fiscales,
abogados, procuradores, médicos forenses y fuerzas de seguridad.
Las
enmiendas, que avala APDDA, persiguen introducir algunas mejoras en la
Proposición de Ley, para que todo el articulado resulte coherente con el nuevo
estatus jurídico que reconoce a los animales como “seres vivos dotados de
sensibilidad”, abordando una adecuación terminológica a la nueva realidad y eliminando
algunas expresiones ya obsoletas que continúan cosificando a los animales. De
igual modo, se propone una definición de “animal de compañía”, con la intención
de uniformizar un término que en la actualidad presenta una absoluta disparidad
y discrepancia normativa y jurisprudencial.
También
se regulan las cláusulas testamentarias relativas a los animales de compañía,
para garantizar su destino en condiciones de protección y bienestar, y se hacen
precisiones sobre el daño o sufrimiento moral por la pérdida o el daño causado
a un animal de compañía, así como sobre la recuperación por parte de quien haya
abonado los gastos de curación o de otra índole de un animal, con independencia
de su cuantía. En otro ámbito distinto, se proponen enmiendas para evitar que
la resolución de la venta de animales quede sujeta a la devolución o
sustitución del animal.
Asimismo,
se propone extender la intervención en la custodia y salvaguarda de animales - además de
en los casos de pérdida o abandono ya previstos - a los casos de desamparo en
situaciones de emergencia, tales como accidentes de tráfico, catástrofes
naturales, incendios en domicilios, violencia de género, desahucios,
acumuladores (síndrome de Noé), muerte o enfermedad de personas que vivan solas
o tengan que ingresar en un hospital, residencia geriátrica o prisión, o
precinto de naves industriales.
Otra novedad es la inclusión de enmiendas al texto
que reconocen las repercusiones en el ámbito civil del vínculo existente entre
los malos tratos a animales y la violencia doméstica y de género y el maltrato
infantil, para una mejor protección de las víctimas en estos casos.
Las propuestas de APDDA e INTERcids buscan que el
nuevo régimen jurídico de los animales no quede reducido en la práctica a los
animales de compañía. Por eso, incluye expresamente menciones a la protección
de las leyes especiales que afectan a los animales de producción y de recreo,
que también son seres vivos dotados de sensibilidad, como va a establecer el
artículo 333, a partir de la presente reforma.
En esta misma línea, se enmiendan también la Ley
Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, ofreciendo dos alternativas a los
grupos parlamentarios: una opción es impedir tanto la hipoteca como la
embargabilidad de todos los animales; y otra, garantizar, al menos, el
bienestar de los animales de producción o recreo que sí podrían hipotecarse y
negar, en todo caso, su subasta para liquidar sociedades de gananciales o disolver
comunidades de bienes.
APDDA