APDDA denuncia que los currículos educativos autonómicos ignoran y omiten valores obligatorios, como los Derechos de los Animales, incluidos en decretos estatales y la propia LOMLOE

[Comunicado] 09/03/2026

Contenidos de igualdad de género, antirracismo, no discriminación, diversidad, empatía hacia los animales, maltrato animal o emergencia climática no se han incorporado en los decretos de desarrollo curricular de varias CCAA de diversos colores políticos, contradiciendo aspectos obligatorios de la normativa estatal

El Ministerio de Educación, en su respuesta, señala a la Alta Inspección y, en su caso, a los tribunales, lo que para APDDA es intentar lavarse las manos cuando se ha reconocido que se trata de una competencia del propio Ministerio

Los diputados Nahuel González y Toni Valero, miembros de la Asociación Parlamentaria en Defensa de los Derechos de los Animales (APDDA), a través de una pregunta parlamentaria dirigida al Ministerio de Educación, han denunciado las graves omisiones, de inclusión obligatoria, de las que adolecen varios de los Decretos de desarrollo curricular autonómicos respecto al contenido de los Reales Decretos de enseñanzas mínimas y respecto a la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre, por la que se modificaba la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). En los antecedentes de la pregunta, se recoge un completo análisis de los decretos autonómicos elaborado por la entidad Profesionales para la Defensa Animal (PRODA-Educación).

«Se ha evidenciado la ausencia de relevantes conceptos/contenidos, como igualdad de género, perspectiva de género y conductas sexistas, así como principios de educación en valores (respeto, igualdad, responsabilidad y desarrollo sostenible). El enfoque de la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos con la finalidad de ayudar al alumnado a reconocer toda forma de maltrato, abuso sexual, violencia o discriminación, se consagran en la LOMLOE integrando la Educación en Empatía en todas las etapas educativas (infantil, primaria, secundaria y bachillerato), y abordándola como principio pedagógico y como una de las competencias clave en la educación emocional y el desarrollo integral del alumnado», argumenta la iniciativa de los diputados.

En varias CCAA, especialmente las gobernadas por el Partido Popular y Vox, se omiten en los currículos los siguientes conceptos y contenidos: por un lado, lo relacionado con la igualdad de género, discriminación por cuestiones de género/raza, perspectiva de género y conductas sexistas, estereotipos sexistas, conductas no sexistas, feminismo, conductas LGTBIfóbicas o sexistas, situaciones discriminatorias de las niñas y de las mujeres en el mundo, prevención de la explotación y la violencia contra niñas y mujeres, perspectiva de género de la práctica físico-deportiva, actitudes xenófobas, racistas o de índole sexista, abuso sexual o cualquier forma de violencia, respeto por la diversidad etnocultural y afectivo sexual… Por otro lado, también se han omitido contenidos que desarrollan conceptos tan importantes como los de One Health, derechos de los animales, animales como seres sintientes, maltrato animal y su prevención, cuidado del entorno próximo de los animales y plantas… E incluso sobre emergencia climática y crisis climática.

Puesto que la Educación es un Derecho Fundamental recogido en el artículo 27 de la Constitución, y que está siendo vulnerado el Interés superior de las niñas, niños y adolescentes que debe presidir la actuación de todos los poderes del Estado, y dado que no tenemos constancia de requerimiento alguno por parte de la Alta Inspección Educativa para intentar solventar las supresiones autonómicas contrarias a los principios proclamados por la LOMLOE, se ha registrado la siguiente pregunta: «¿Qué medidas ha tomado o tiene previsto tomar el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte en relación con las graves omisiones, de inclusión obligatoria, de las que adolecen varios de los Decretos de desarrollo curricular autonómicos respecto al contenido de los Reales Decretos de enseñanzas mínimas y respecto a la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre, por la que se modificaba la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación?»

Los diputados miembros de APDDA destacan que los contenidos de los currículos de las diferentes etapas educativas que elabora el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se plasman en Reales Decretos de mínimos, mientras que los currículos de las CCAA se plasman en Órdenes o Decretos que por jerarquía normativa no pueden modificar ni suprimir parte alguna de un Real Decreto, es decir, lo tienen que aplicar tal cual fue escrito. Las CCAA han vulnerado este principio y han eliminado gran parte de los Reales Decretos de mínimos elaborados por el Ministerio de Educación, que, sin embargo, no ha hecho nada ante esta flagrante ilegalidad administrativa tan sumamente grave. Además, no puede ignorarse que los Reales Decretos de mínimos que elabora el Ministerio sirven para igualar el sistema educativo en todo el Estado español, por lo que, al suprimir algunas CCAA de sus currículos educativos parte de esos mínimos, generan una desigualdad educativa que van a sufrir nuestras niñas, niños y jóvenes.

El pasado 17 de febrero, la respuesta del Gobierno fue la siguiente: «En relación con el asunto interesado, se señala que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través de la Alta Inspección, analiza y supervisa el desarrollo legislativo que de la normativa básica en materia educativa realizan las Comunidades Autónomas. Una vez que una medida se plasma en un texto normativo de la Administración educativa autonómica, en caso de constancia de incumplimiento de dicha normativa básica, se pondría en funcionamiento el mecanismo de control legalmente establecido. Este mecanismo consiste en, si es el caso, requerimiento y solicitud de interposición de recurso contencioso-administrativo, todo ello sin perjuicio de otros mecanismos de colaboración y coordinación que pudieran establecerse. El presunto incumplimiento será advertido por la Alta Inspección de Educación, ya que son los Tribunales de Justicia los únicos competentes para determinar dicho incumplimiento.»

Desde APDDA se recuerda que la Alta Inspección depende del Ministerio de Educación. Por tanto, en esta respuesta el Ministerio se señala a sí mismo. El Ministerio no puede lavarse las manos y emplazar a acudir a los tribunales, cuando él mismo reconoce que es función de su Subdirección General de la Inspección de Educación que hechos como los denunciados no sucedan.

APDDA