"Europa Press" - 29/04/2013
La Asociación Parlamentaria en Defensa de los
Animales (APPDA) ha advertido de que se podría estar vulnerando la
normativa de especies protegidas de acuerdo con la legislación española
y, por ello, ha registrado una pregunta escrita al Gobierno para saber
qué entiende por el término "naturalizar" en esta materia.
El senador del grupo parlamentario catalán (CiU) Josep Maldonado y
Gili, miembro de APPDA, se refiere así al artículo 54 de la Ley 42/2007
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que establece la
prohibición de "poseer, naturalizar, transportar, vender, comerciar o
intercambiar, ofertar con fines de venta o intercambio o exportar
ejemplares vivos o muertos de animales de las especies que aparezcan en
el Listado de Especies Silvestres en régimen de protección especial.
Concretamente, expone que en este listado figuran especies como el
oso pardo, el lobo, el delfín mular, la orca, así como varias especies
de halcones, águilas, cernícalos, lechuzas y búhos, que son utilizadas
"frecuentemente" en espectáculos de circo, en zoos y delfinarios, así
como en televisión y publicidad, ya que están entrenados para actuar.
El senador señala que, según ha denunciado 'Inforcircos', una
asociación formada por ANDA, FAADA y The Born Free Foundation, el
entrenamiento para actuar, realizar comportamientos impropios a su
naturaleza y permanecer en un plantó o estudio de televisión es "una
naturalización" de los animales, por lo que quedaría prohibido por dicha
Ley.
Por ello, pregunta por escrito a la Subdirección General del medio
Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,
"cuál es la definición de naturalizar", con el objetivo de saber cómo
proceder y si estas actividades en las que se utilizan animales de estas
especies están infringiendo o no la legislación.