"La Razón" 12/11/2013
EFE - La
Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (Apdda) ha pedido
hoy que se incluya la zoofilia en el Código Penal y la ampliación de
penas, de uno a tres años de prisión, por maltrato a animales.La Apdda
remitirá a los diferentes grupos parlamentarios sus proposiciones en
materia de protección animal para la reforma del citado código, que se
tramita actualmente en el Congreso de los Diputados. En sus propuestas,
solicita la ampliación de la pena por maltrato animal de uno a tres años
de prisión -en lugar de seis a dieciocho meses-, especialmente cuando
el condenado sea reincidente.
En nota de prensa, la Apdda,
integrada por unos 40 diputados y senadores de casi todos los grupos
políticos, incluido PP y PSOE, explica que en la situación actual se
puede eludir la cárcel, si la condena es inferior a los dos años, se
carece de antecedentes penales y se paga la indemnización impuesta.
Dicha situación, añade la nota, conlleva que nadie entre en prisión por
maltrato animal y que, por lo tanto, la sociedad no interiorice la
gravedad de los hechos y no se produzca la sensibilización y posterior
condena social. Esta asociación también solicita la inclusión de la
zoofilia como delito penal, tal y como ya han hecho otros países de la
Unión Europea como Suecia, Alemania, Holanda, Bélgica, Inglaterra,
Francia y Suiza.
De este modo, se propone de uno a tres años de
prisión para aquel que agrediera sexualmente "a un animal por vía
vaginal, anal o bucal, mediante la introducción de miembros corporales u
objetos por alguna de las anteriores vías". Además, defiende que el
aumento de pena no esté supeditado al "resultado de muerte" del animal
en el maltrato, y entiende que la conducta reprobable penalmente se
lleva a cabo con anterioridad a la muerte.
La
asociación también pone el foco en la actual redacción del artículo
632.2, al no dejar claro si maltratar cruelmente a un animal doméstico
fuera de un "espectáculo no autorizado legalmente" es sancionable. Así
señala que ello ha provocado que existan resoluciones de audiencias
provinciales desestimando la falta de maltrato, por no hacerse en
espectáculos públicos no autorizados. Por este motivo, pide que el texto
reformado no diferencie dos conductas con la conjunción disyuntiva "o",
encargada de separar: el maltrato cruel a animales domésticos del
maltrato cruel a otros animales en espectáculos no autorizados
legalmente.