Parlamentarios animalistas contra el corte de la cola por razones estéticas


Contra el corte de cola a animales
[Comunicado]
  03/02/2017

APDDA promueve una enmienda de supresión de la reserva del Gobierno acerca del Convenio europeo de animales de compañía

La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (APDDA) está promoviendo, entre los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, la presentación de una enmienda de supresión de la reserva que el Gobierno formula al Convenio del Consejo de Europa sobre protección de animales de compañía, de 1987. El Gobierno ha acordado ratificar el Convenio, pero formulando una reserva para que no se aplique en España la prohibición del corte de la cola por razones exclusivamente estéticas. 

El próximo lunes 6 de febrero expira el plazo de presentación de enmiendas, en la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados, al «Convenio europeo sobre protección de animales de compañía, hecho en Estrasburgo el 13 de noviembre de 1987, así como Reserva y Declaración que España desea formular». 

La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (APDDA) ha venido reclamando la ratificación del citado Convenio. De hecho, el entonces senador Jordi Guillot defendió, en abril de 2015, una proposición no de ley promovida por nuestra asociación que perseguía dicho objetivo y que se aprobó por unanimidad. La ratificación por España es, por tanto, una buena noticia. Sin embargo, la inclusión por el Gobierno de una reserva que dejaría sin aplicación la prohibición del corte de la cola por razones exclusivamente estéticas nos parece un retroceso sin ninguna justificación. 
 
Por eso, desde APDDA solicitamos a los Grupos Parlamentarios que presenten enmiendas al citado Convenio, para suprimir la reserva relativa a la prohibición del corte de la cola o caudectomía, amparándose en un informe de la Asociación Veterinaria por la Abolición de la Tauromaquia del Maltrato Animal (AVATMA) que concluye: «Las caudectomías estéticas se entienden como un procedimiento quirúrgico que no está indicado médicamente y no van a proporcionar ningún beneficio al paciente. Por tanto, podemos afirmar que, desde el punto de vista veterinario, la apariencia a gusto del dueño no justifica, en ningún caso, el sufrimiento a varios niveles al que se somete al animal». El informe detalla los siguientes riesgos: problemas de locomoción (la cola es la continuación de la columna vertebral en el perro y es un elemento importante para mantener el equilibrio), problemas en la comunicación e interacción social (por falta de cola), problemas de salud crónicos (probable atrofia de la cola e incluso de músculos pélvicos), además del riesgo perioperatorio propio de cualquier intervención quirúrgica y del dolor (se suele amputar la cola a los pocos días de vida, sin anestesia ni analgesia), entre otras consecuencias negativas.

El ‘Convenio Europeo para la Protección de Animales de Compañía’ del Consejo de Europa, establece en su artículo 10 que «las operaciones quirúrgicas para el propósito de modificar la apariencia de un animal de compañía o para otros fines no curativos estarán prohibidas, en particular: el corte de colas, el corte de las orejas; desvocalizaciones; resección de uñas y tercera falange. Se permitirán excepciones a estas prohibiciones sólo si el veterinario lo considera necesario por razones médicas, para el beneficio de cualquier animal en particular. Operaciones en las que el animal es probable que experimente dolor intenso se llevarán a cabo bajo anestesia, únicamente por un veterinario o bajo su supervisión». La reserva que formula el Gobierno español se refiere exclusivamente al corte de las colas.


APDDA