La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (APDDA) está
promoviendo, entre los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, la
presentación de una enmienda de supresión de la reserva que el Gobierno formula
al Convenio del Consejo de Europa sobre protección de animales de compañía, de
1987. El Gobierno ha acordado ratificar el Convenio, pero formulando una
reserva para que no se aplique en España la prohibición del corte de la cola
por razones exclusivamente estéticas.
El próximo
lunes 6 de febrero expira el plazo de presentación de enmiendas, en la Comisión de Asuntos
Exteriores del Congreso de los Diputados, al «Convenio europeo sobre protección
de animales de compañía, hecho en Estrasburgo el 13 de noviembre de 1987, así
como Reserva y Declaración que España desea formular».
La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (APDDA) ha venido
reclamando la ratificación del citado Convenio. De hecho, el entonces senador Jordi
Guillot defendió, en abril de 2015, una proposición no de ley promovida por
nuestra asociación que perseguía dicho objetivo y que se aprobó por unanimidad.
La ratificación por España es, por tanto, una buena noticia. Sin embargo, la
inclusión por el Gobierno de una reserva que dejaría sin aplicación la
prohibición del corte de la cola por razones exclusivamente estéticas nos
parece un retroceso sin ninguna justificación.
Por eso,
desde APDDA solicitamos a los Grupos Parlamentarios que presenten enmiendas al
citado Convenio, para suprimir la reserva relativa a la prohibición del corte
de la cola o caudectomía, amparándose en un informe de la Asociación Veterinaria
por la Abolición
de la Tauromaquia
del Maltrato Animal (AVATMA) que concluye: «Las caudectomías estéticas se
entienden como un procedimiento quirúrgico que no está indicado médicamente y
no van a proporcionar ningún beneficio al paciente. Por tanto, podemos afirmar
que, desde el punto de vista veterinario, la apariencia a gusto del dueño no
justifica, en ningún caso, el sufrimiento a varios niveles al que se somete al
animal». El informe detalla los siguientes riesgos: problemas de locomoción (la
cola es la continuación de la columna vertebral en el perro y es un elemento
importante para mantener el equilibrio), problemas en la comunicación e
interacción social (por falta de cola), problemas de salud crónicos (probable
atrofia de la cola e incluso de músculos pélvicos), además del riesgo
perioperatorio propio de cualquier intervención quirúrgica y del dolor (se
suele amputar la cola a los pocos días de vida, sin anestesia ni analgesia),
entre otras consecuencias negativas.
El ‘Convenio
Europeo para la Protección
de Animales de Compañía’ del Consejo de Europa, establece en su artículo 10 que
«las operaciones quirúrgicas para el propósito de modificar la apariencia de un
animal de compañía o para otros fines no curativos estarán prohibidas, en
particular: el corte de colas, el corte de las orejas; desvocalizaciones;
resección de uñas y tercera falange. Se permitirán excepciones a estas
prohibiciones sólo si el veterinario lo considera necesario por razones
médicas, para el beneficio de cualquier animal en particular. Operaciones en
las que el animal es probable que experimente dolor intenso se llevarán a cabo
bajo anestesia, únicamente por un veterinario o bajo su supervisión». La
reserva que formula el Gobierno español se refiere exclusivamente al corte de
las colas.
APDDA