El senador Mulet, APDDA, solicita al Gobierno medidas para frenar la electrocución de aves, por falta de protección en el tendido eléctrico


[Comunicado] 16/04/2020

El senador de la ‘Asociación Parlamentaria en Defensa de los Derechos de los Animales’ (APDDA), Carles Mulet, ha solicitado al Gobierno medidas para “acabar con el drama ambiental de la electrocución de aves, por la falta de protección del tendido eléctrico”.

La iniciativa ha sido recogida de la organización ecologista ‘Adensva’, la cual solicitó al Ministerio de Industria la modificación del Real Decreto 223/2008 - de líneas eléctricas - y del Real Decreto 337/2014, para que incorporasen las prescripciones técnicas mínimas del artículo 6 del Real Decreto 1432/2008, de protección de avifauna en las líneas eléctricas por electrocución, o mejora de las Mejores Tecnologías Disponibles, según refiere la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, yendo más allá de lo mínimo dispuesto en el artículo citado. Sin embargo, el ‘Ministerio de Industria’ respondió que “la protección de las aves rapaces y especies protegidas es competencia del ‘Ministerio para la Transición Ecológica’ y el Reto Demográfico”.

Ante ello, el senador denuncia que “es inconcebible que en un mismo Gobierno haya dos Ministerios con posiciones políticas distintas y que mantienen la redacción de Reales Decretos que son contradictorios en sí mismos. Mientras que el MITECO aprueba el RD 1432/2008 para protección de aves sólo en unas zonas más sensibles - las aves no entienden de fronteras administrativas -, los Reales Decretos de Industria siguen permitiendo que se electrocuten aves, y no fueron ni son reformados después de haber pasado  12 años”. Añade que “parece que un RD es propiedad de un Ministerio y los otros dos del otro; como si la normativa vigente estuviera acaparada por cada uno de ellos, de forma exclusiva y excluyente”.

‘Adesva’ recuerda al ‘Ministerio de Industria’ que la Seguridad Industrial tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos (…)” y que “las instalaciones industriales de alto riesgo potencial, contaminantes o nocivas para las personas, flora, fauna, bienes y medio ambiente que reglamentariamente se determinen deberán adecuar su actividad y la prevención de los riesgos a lo que establezcan los correspondientes planes de seguridad (…)”, según indican los artículos 9 y 11 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

El texto de la iniciativa advierte que no se trata de aprobar sólo normas ambientales, sino de que las normas sustantivas ya incorporen también los criterios de protección ambiental; algo que no sucede, porque la normativa industrial no contempla prescripciones de seguridad para las aves.

APDDA